Comité de Educación Continua
El Comité de Educación Continua del IIBI de la UNAM, tiene por objetivo conocer, dictaminar, promover y respaldar institucionalmente la realización de las actividades de educación continua como congresos, conferencias, cursos, diplomados, seminarios, talleres que se desarrollan en la institución, más aquellas que este Comité asuma como tales.
Integrantes
Dra. Georgina Araceli Torres Vargas
Directora
Presidenta del Comité de Educación Continua
Lic. Miguel Ángel Martínez
Jefe del Departamento de Difusión y Educación Continua
Secretario del Comité de Educación Continua
Dr. Egber John Sánchez Vanderkast
Secretario Académico
Vocal y representante de la Dirección del Instituto ante el Comité de Educación Continua
Mtra. Kenya Y. Olivera
Secretaria Técnica
Vocal del Comité de Educación Continua
Funciones del Comité de Educación Continua
I. Dar cumplimiento al RGEC y demás normatividad universitaria en la materia;
II. Planear, programar, difundir y llevar a cabo todas las actividades de educación continua de su entidad o dependencia, ya sea dentro o fuera de sus instalaciones;
III. Determinar las actividades de educación continua que se encuentren fuera del marco curricular de los planes y programas formales;
IV. Supervisar, evaluar y avalar las actividades de educación continua que se programen y ofrezcan en su respectiva entidad o dependencia, las que se desarrollen fuera de la UNAM o de manera conjunta con instituciones externas, así como a las impartidas por otras organizaciones;
V. Analizar y, en su caso, aprobar las solicitudes que les presenten los Responsables del Área de Educacióontinua para la impartición de actividades de educación continua;
VI. Conocer y validar el plan e informe anual de trabajo que les presenten los Responsables del Área de Educación Continua;
VII. Dotar de funciones académicas adicionales a los Responsables Académicos de la Actividad, así como removerlos en caso de incumplimiento de sus funciones;
VIII. Promover y propiciar las buenas prácticas de las actividades de educación continua;
IX. Evaluar cuantitativa y cualitativamente las actividades de educación continua de su entidad o dependencia;
X. Determinar el tipo de reconocimiento que se otorgará a cada actividad de educación continua en lo particular, y
XI. Las demás que señale la Legislación Universitaria.