Consejo Interno
El Consejo Interno es el órgano de consulta del Director en los casos que dispongan la Legislación Universitaria y el Reglamento Interno del Instituto de Investigaciones Bibliotecológicas y de la Información.
Integrantes
Dra. Perla Olivia Rodríguez Reséndíz
Directora del Instituto
Presidenta
Dr. César Augusto Ramírez Velázquez
Secretario Académico
Secretario
Dra. Estela Morales Campos Vocal
Dr. Héctor Alejandro Ramos Chávez Vocal
Dr. Eder Ávila Barrientos Vocal
Funciones del Consejo Interno
I. Conocer y opinar sobre el proyecto de Plan de Desarrollo Institucional del Instituto que elabore el Director;
II. Conocer y opinar sobre el proyecto de Plan de Desarrollo Institucional del Instituto que elabore el Director;
III. Aprobar las áreas, líneas y seminarios de investigación del Instituto;
IV. Opinar sobre los programas anuales de trabajo del personal académico;
V. Emitir los lineamientos mínimos de productividad académica de los investigadores;
VI. Constituir comisiones permanentes o especiales para resolver asuntos académicos;
VII. Presentar al Director iniciativas en materia de planes y proyectos de investigación;
VIII. Elaborar el proyecto de reglamento interno del Instituto, así como promover sus reformas, y presentarlo para su aprobación ante el Consejo Técnico de Humanidades;
IX. Evaluar los informes anuales de actividades del personal académico y remitirlos con su opinión fundamentada al Consejo Técnico de Humanidades;
X. Aprobar los proyectos de investigación de los investigadores;
XI. Aprobar las propuestas de cambio de área de investigación de los investigadores;
XII. Conocer y opinar sobre los proyectos de presupuesto que elabore el Director;
XIII. Nombrar a tres miembros de la Subcomisión de Superación del Personal Académico, a dos de la Comisión de Biblioteca, dos de la Comisión de Cómputo y dos del Comité Editorial;
XIV. Opinar sobre las recontrataciones y renovaciones de interinatos del personal académico;
XV. Emitir opinión sobre los proyectos de convocatoria para ocupar nuevas plazas de investigadores o de técnicos académicos;
XVI. Emitir opinión sobre los candidatos que se presenten a los concursos convocados por el Instituto para cubrir las plazas de personal académico. Esta opinión será transmitida a la Comisión Dictaminadora respectiva por el Director;
XVII. Elegir dos miembros de la Comisión Dictaminadora del Instituto;
XVIII. Solicitar al personal académico informes sobre el avance de sus actividades académicas en cualquier momento;
XIX. Emitir opinión en los respectivos concursos de oposición cerrados;
XX. Conocer y opinar sobre las comisiones con goce de sueldo, cambios de adscripción y licencias académicas que se propongan al Consejo Técnico de Humanidades;
XXI. Conocer y opinar sobre las solicitudes de disfrute de periodo sabático y el informe respectivo cuando el académico se reintegre a sus labores;
XXII. Aprobar todos los reglamentos, manuales, instructivos y lineamientos de aplicación general del Instituto, y
XXIII. Las demás que señale la Legislación Universitaria.