Consejo Interno
El Consejo Interno es el órgano de consulta del Director en los casos que dispongan la Legislación Universitaria y el Reglamento Interno del Instituto de Investigaciones Bibliotecológicas y de la Información.
Integrantes
Dra. Georgina Araceli Torres Vargas
Directora del Instituto
Presidenta.
Dr. Egbert John Sánchez Vanderkast
Secretario Académico
Secretario.
Funciones del Consejo Interno
I. Conocer y opinar sobre el proyecto de Plan de Desarrollo Institucional del Instituto que elabore el Director;
II. Conocer y opinar sobre el proyecto de Plan de Desarrollo Institucional del Instituto que elabore el Director;
III. Aprobar las áreas, líneas y seminarios de investigación del Instituto;
IV. Opinar sobre los programas anuales de trabajo del personal académico;
V. Emitir los lineamientos mínimos de productividad académica de los investigadores;
VI. Constituir comisiones permanentes o especiales para resolver asuntos académicos;
VII. Presentar al Director iniciativas en materia de planes y proyectos de investigación;
VIII. Elaborar el proyecto de reglamento interno del Instituto, así como promover sus reformas, y presentarlo para su aprobación ante el Consejo Técnico de Humanidades;
IX. Evaluar los informes anuales de actividades del personal académico y remitirlos con su opinión fundamentada al Consejo Técnico de Humanidades;
X. Aprobar los proyectos de investigación de los investigadores;
XI. Aprobar las propuestas de cambio de área de investigación de los investigadores;
XII. Conocer y opinar sobre los proyectos de presupuesto que elabore el Director;
XIII. Nombrar a tres miembros de la Subcomisión de Superación del Personal Académico, a dos de la Comisión de Biblioteca, dos de la Comisión de Cómputo y dos del Comité Editorial;
XIV. Opinar sobre la recontrataciones y renovaciones de interinatos del personal académico;
XV. Emitir opinión sobre los proyectos de convocatoria para ocupar nuevas plazas de investigadores o de técnicos académicos;
XVI. Emitir opinión sobre los candidatos que se presenten a los concursos convocados por el Instituto para cubrir las plazas de personal académico. Esta opinión será transmitida a la Comisión Dictaminadora respectiva por el Director;
XVII. Elegir dos miembros de la Comisión Dictaminadora del Instituto;
XVIII. Solicitar al personal académico informes sobre el avance de sus actividades académicas en cualquier momento;
XIX. Emitir opinión en los respectivos concursos de oposición cerrados;
XX. Conocer y opinar sobre las comisiones con goce de sueldo, cambios de adscripción y licencias académicas que se propongan al Consejo Técnico de Humanidades;
XXI. Conocer y opinar sobre las solicitudes de disfrute de periodo sabático y el informe respectivo cuando el académico se reintegre a sus labores;
XXII. Aprobar todos los reglamentos, manuales, instructivos y lineamientos de aplicación general del Instituto, y
XXIII. Las demás que señale la Legislacióniversitaria.