Comité de Educación Continua

El Comité de Educación Continua del IIBI de la UNAM, tiene por objetivo conocer, dictaminar, promover y respaldar institucionalmente la realización de las actividades de educación continua como congresos, conferencias, cursos, diplomados, seminarios, talleres que se desarrollan en la institución, más aquellas que este Comité asuma como tales.

Integrantes

Dra. Georgina Araceli Torres Vargas
Directora
Presidenta.

Lic. Miguel Ángel Martínez
Jefe del Departamento de Difusión y Educación Continua
Secretaria del Comité de Educación Continua

Dr. Egbert John Sánchez Vanderkast
Secretario Académico
Vocal y representante de la Dirección del Instituto ante el Comité de Educación Continua

Mtra. Kenya Y Olivera
Secretaria Técnica
Vocal del Comité de Educación Continua

Funciones

I. Dar cumplimiento al RGEC y demás normatividad universitaria en la materia;

II. Planear, programar, difundir y llevar a cabo todas las actividades de educación continua de su entidad o dependencia, ya sea dentro o fuera de sus instalaciones;

III. Determinar las actividades de educación continua que se encuentren fuera del marco curricular de los planes y programas formales;

IV. Supervisar, evaluar y avalar las actividades de educación continua que se programen y ofrezcan en su respectiva entidad o dependencia, las que se desarrollen fuera de la UNAM o de manera conjunta con instituciones externas, así como a las impartidas por otras organizaciones;

V. Analizar y, en su caso, aprobar las solicitudes que les presenten los Responsables del Área de Educación Continua para la impartición de actividades de educación continua;

VI. Conocer y validar el plan e informe anual de trabajo que les presenten los Responsables del Área de Educación Continua;

VII. Dotar de funciones académicas adicionales a los Responsables Académicos de la Actividad, así como removerlos en caso de incumplimiento de sus funciones;

VIII. Promover y propiciar las buenas prácticas de las actividades de educación continua;

IX. Evaluar cuantitativa y cualitativamente las actividades de educación continua de su entidad o dependencia;

X. Determinar el tipo de reconocimiento que se otorgará a cada actividad de educación continua en lo particular, y XI. Las demás que señale la Legislación Universitaria.